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Podcast. La Corte Suprema de la Nación deja sin efecto una sentencia que ordenó la cobertura de un medicamento importado para fibrosis quística
En los autos "G. B., R. c/ OSDE s/ amparo de salud", la Corte Suprema consideró arbitraria la sentencia que había condenado a OSDE a cubrir en forma integral el medicamento importado "Trikafta". El Tribunal entendió que la decisión prescindió de valorar adecuadamente las constancias de la causa y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.
En los autos "G. B., R. c/ OSDE s/ amparo de salud", el 7 de julio de 2026, la Corte Suprema hizo lugar a la queja de OSDE, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia que había ordenado la cobertura integral del medicamento importado "Trikafta" para el tratamiento de la fibrosis quística.
La Corte señaló que en esa instancia no estaba discutida la conveniencia médica de la terapia triple moduladora ni la obligación de OSDE de brindar cobertura integral de esa terapia. La controversia se limitaba a determinar si la demandada debía financiar el medicamento importado cuando existía uno de fabricación nacional, autorizado por la ANMAT y con los mismos componentes.
El Tribunal sostuvo que la sentencia apelada efectuó una valoración parcializada de la prueba. Destacó que el Cuerpo Médico Forense había concluido que, desde el punto de vista estrictamente pericial, no surgía ninguna contraindicación para sustituir "Trikafta" por "Trixacar", y que la cámara omitió considerar que la actora no respondió el requerimiento dirigido a su médico tratante para que justificara la necesidad de mantener exclusivamente el medicamento importado y se pronunciara sobre el uso del producto nacional.
Asimismo, la Corte afirmó que la referencia de la cámara a la falta de estudios de bioequivalencia no encontraba respaldo en norma alguna y que tampoco se había considerado la competencia específica de la ANMAT en materia de control y fiscalización de medicamentos. En consecuencia, concluyó que el fallo recurrido se apartó de las disposiciones aplicables y de las constancias de la causa, por lo que lo descalificó con fundamento en la doctrina de la arbitrariedad de sentencias y ordenó el dictado de un nuevo fallo.
Fallo completo: ACÁ
Resumen Interactivo: ACÁ
- 23-07-2026