Institucional
Protección del Secreto Profesional y del Derecho a Defensa
El Colegio Público de la Abogacía rechaza enfáticamente la media sanción por parte de la Cámara de Diputados al proyecto que modifica la ley de prevención del lavado de dinero, en cuanto incluye a los abogados y abogadas como sujetos obligados a informar operaciones sospechosas de sus clientes ante la UIF.
El Consejo Directivo aprobó el dictamen de la Comisión de Integridad Financiera y Compliance que sostiene que las recomendaciones del GAFI no requieren necesariamente la inclusión de los abogados como sujetos obligados, toda vez que las notas interpretativas de las mismas recomendaciones permiten excluirlos cuando las actividades que interese controlar se encuentren ya incluídas en las leyes u otros medios coercitivos.
En nuestro país todas las actividades descriptas en la Recomendación del GAFI poseen numerosos controles y están ya supervisadas por diversos sujetos obligados ( escribanos, registros de la propiedad inmueble, registros de comercio, etc).
Todas las tareas que realizan los abogados y abogadas están amparadas por el secreto profesional que integra la garantía de defensa en juicio de los derechos de todos los habitantes, por lo que el proyecto sancionado resulta inconstitucional.
El Colegio Público de la Abogacía no cesará en su reclamo para que la Cámara de Senadores modifique este aspecto del proyecto, para no conculcar garantías de todos los ciudadanos y evitar un enorme daño al ejercicio profesional de los matriculados y matriculadas.
Nota enviada al Honorable Senado de la Nación (24-04-23)
Comisión de Integridad Financiera y Compliance - Dictamen (29-11-22)
Comisión de Integridad Financiera y Compliance - Dictamen (17-04-23)
- 26-04-2023