Institucional

El Colegio Público solicitó que se reinstale el servicio de jurisprudencia del PJN

Lo hizo mediante una nota que fue enviada al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dr. Ricardo Lorenzetti.

Buenos Aires, 20 de noviembre de 2013.-

 

Al Sr. Presidente de la

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.

Dr. Ricardo Luis Lorenzetti

S./D.-

De nuestra mayor consideración:

 

Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud., en representación del COLEGIO PÚBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL a los efectos de solicitarle se reinstale el servicio de jurisprudencia que se brindaba desde la página oficial del PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN.

Hemos advertido con gran preocupación que se ha eliminado de dicho sitio, la posibilidad de consultar la jurisprudencia de las distintas Cámaras de Apelaciones que dependen del Tribunal que Ud. preside, por internet, la que solamente puede ser consultada por vía de intranet.

Ese servicio, desde su implementación, ha sido muy útil para el ejercicio profesional, por lo que debido a la restricción impuesta generó que recibiéramos numerosas quejas de nuestros matriculados. Comprenderá que es un retroceso en el proceso de integración de los operadores del sistema judicial, con el que estamos consustanciados, y así lo hemos demostrado en diversas actividades a las que brindamos nuestro apoyo, divulgación y promoción.

La situación creada, a partir de esta funesta decisión, impide a los abogados acceder a la interpretación que los Magistrados formulan en sus decisorios, imponiéndonos la necesidad de retomar la vetusta práctica de recurrir personalmente a las diversas Secretarías de Jurisprudencia de cada uno de los fueros personalmente.

Estamos persuadidos que, el estudio y análisis de los precedentes jurisprudenciales, aporta beneficios a los justiciables y permite a los abogados brindar un mejor servicio en paridad de condiciones con los usuarios del sistema de intranet del PJN.

Los argumentos brindados, ante averiguaciones practicadas y comentarios recibidos de los colegas, indican que se adoptó tal medida a raíz del dictado de la ley 26856, cuyo texto no implica, de ninguna manera, reemplazar un servicio por otro, pues consideramos que son complementarios. La publicación de los fallos que exige la normativa mencionada, no necesariamente debe negar el acceso a la base de datos de los sumarios que cada Secretaría de Jurisprudencia elabora internamente, por lo que se perjudica notoriamente a la mayoría de los abogados que no son suscriptores a alguna editorial jurídica, cuyos costos son sumamente elevados, sin perjuicio del mayor tiempo que implica concurrir a los lugares de consulta.

Por ello solicitamos que, a la mayor brevedad, dispongan la reinstalación del servicio de consultas de sumarios que redundará en beneficio de los abogados y, por ende, de los justiciables.

Atentamente.

  • 22-11-2013