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Mediación: importantes novedades
Las mismas fueron dispuestas por la Directora Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos a través de la Disposición Nº 50/2013 a raíz de una nota que el Colegio Público envió al Ministro de Justicia de la Nación.
Buenos Aires, 19 de septiembre de 2013
Al Señor Ministro de Justicia
y Derechos Humanos de la Nación
Dr. Julio ALAK
S. / D.
Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud., en nuestro carácter de Presidente y Secretario General del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, en referencia al sistema MEPRE implementado a través de la Resolución Nº 2740/2012 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, aplicable a las mediaciones prejudiciales.
Oportunamente nos hemos dirigido a Ud. solicitando la suspensión del nuevo sistema, en razón a las innumerables quejas que su implementación generó en los abogados de la matrícula que ejercen como mediadores.
Lo cierto es que al día de la fecha los reclamos de los abogados se multiplican y se renuevan. Estos sostienen que las exigencias técnicas y teóricas no se adaptan a la naturaleza intrínseca de la mediación, que entorpecen la audiencia y adolecen de falencias que, en algunos supuestos, impiden el desarrollo mismo del acto, ya que habría situaciones fácticas que el sistema MEPRE no habría previsto adecuadamente.
Entendemos la necesidad de dar un marco formal a la audiencia de mediación, que permita el debido y adecuado control de legalidad del acto, el cumplimiento de la normativa vigente por parte de los mediadores, así como la exigencia de contar con información cierta y veraz, que como órgano de control les permita conocer el número de mediaciones que se desarrollan y si su resultado ha sido positivo o negativo.
Sin embargo, a pocos días de su puesta en marcha, advertimos que las capacitaciones no han sido suficientes, que los abogados no están debidamente entrenados para las exigencias requeridas y que el sistema adolece de falencias que deberían subsanarse antes de la efectiva implementación de los nuevos formularios.
En este marco, ponemos a su disposición nuestros equipos técnicos y jurídicos a fin de trabajar en forma conjunta y colaborar para que la mediación prejudicial obligatoria sea entendida y aceptada como un procedimiento reglado para abordar conflictos jurídicos con carácter previo a la instancia judicial.
Para el logro del sistema MEPRE nos vemos en la necesidad de reiterar se disponga su suspensión por tiempo indeterminado, y hasta tanto los abogados completen razonablemente su formación, así como que se solucionen las limitaciones informáticas que, en principio, éste adolecería.
Asimismo, le hacemos saber que el CPACF cuenta con instalaciones y medios suficientes para hacerse cargo tanto de la certificación de la firma de los mediadores, como de la venta de los bonos requeridos, cuya autorización le solicitamos, en aras a otorgar a los abogados mayores comodidades y acercarles soluciones eficientes.
Por último, y no por ello menos importante resultan los cuestionamientos referidos al curso obligatorio que dicta ese Ministerio con una carga horaria de 20 horas pero tan solo 10 horas de reconocimiento. Nuestros matriculados consideran que no resulta aceptable reconocer solamente el 50% de la carga horaria y, además, la temática que se propone transmitir no tiene relación con las actividades de mediador ni aportan a su formación.
A la espera de una pronta y favorable respuesta a lo requerido, lo saluda muy atentamente.
Con copia a la Dra. María Marcela UTHURRALT
Directora Nacional de Mediación y Métodos
Participativos de Resolución de Conflictos.
- 26-09-2013