Otras Prestaciones
Registro de Deudores Alimentarios Morosos (GCBA)
El Registro fue creado por la Ley 269/99 y su función es llevar un listado de todas aquellas personas que adeuden total o parcialmente 3 cuotas alimentarias consecutivas o 5 alternadas, ya sean alimentos provisorios o definitivos fijados u homologados por sentencia firme y expedir certificados ante requerimiento simple de persona física o jurídica, publica o privada en forma gratuita. Su fundamente legal radica en el cumplimiento de la Convención de los Derechos del Niño, aprobada por la Ley 23.849.
Solicitud de certificados de Deudores Alimentarios, a través del convenio suscripto con la Subsecretaría de Justicia del GCBA.
Para solicitar el certificado correspondiente se debe ingresar a: http://www.buenosaires.gob.ar/justiciayseguridad/registro-deudores-alimentarios/formulario , completar el formulario, seleccionar “Colegio de Abogados” como dirección de retiro y traer impresa la constancia de inicio del trámite.
Presentación de oficios judiciales con sentencia firme para solicitar la inscripción en el Registro.
- Sede: Corrientes 1441, entrepiso.
- Horario: 10 a 14 horas.
- Teléfono: 4379-8700 int. 123.
- 08-03-2019