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CSJN: Ley 23.898 art. 6 , adecuación monto fijo
A través de la Acordada Nº 41/2018.
Acordaron:
1) Dejar sin efecto, en lo pertinente, la resolución 1413/90.
2) Adecuar el monto fijado en el articulo 6° de la ley 23.898, fijandoselo en el importe de PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1.500).
3) Establecer que el nuevo monto se aplicara para las demandas o reconvenciones que se presentaren a partir del 1 de enero de 2019.
4) Poner en conocimiento de la presente a las distintas Cámaras Nacionales Federales, y por su intermedio a los tribunales que de ellas dependen, y a los Tribunales Orales con asiento en las provincias.
- 11-12-2018