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IGJ: Registro de Entidades Inactivas ( R.E.I.)

El Registro de Entidades Inactivas puede ser consultado desde la página web.

Se encuentran disponibles el formulario y la nota que deben ser presentados para iniciar el trámite de Procedimiento de Cumplimiento que permite salir de este registro.

El nuevo Registro de Entidades Inactivas (REI) está conformado por todas las entidades que no hayan presentado la declaración jurada 1/10. Además podrán ser incluidas, mediante resolución particular fundada, las entidades que no hayan dado cumplimiento con sus obligaciones ante este organismo y pueda presumirse su inactividad.


Acceder al Registro de Entidades Inactivas.

  • 01-06-2015