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Inspección General de Justicia: DDJJ 1/2010

Último plazo de presentación 30/04/2015.

- Las entidades que aún no presentaron la Declaración Jurada no podrán concluir trámites ante la IGJ. Luego del plazo serán incluidas en el Registro de Entidades Inactivas (conforme RG 4/2014).

- Las entidaddes que presentaron la Declaración Jurada pero fueron intimadas no podrán concluir trámites registrales hasta que regularicen su situación.

 

Mas información en www.jus.gob.ar/igj

  • 16-04-2015