Destacados
Registro de deudores alimentarios
El Colegio y la Subsecretaría de Justicia y Seguridad del Gobierno de Ciudad de Buenos Aires acordaron trabajar en conjunto para el cumplimiento de la normativa sancionada a partir de la ley 269/11 que implementó el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
El Registro es el primero creado en el país y tiene fundamento legal el resguardo del interés superior del niño y la protección de su desarrollo y supervivencia, compromiso asumido por la República Argentina a través de la Convención Interamericana de los Derechos del Niño (ley 23.849).
Su función es llevar un listado de todas aquellas personas que adeuden total o parcialmente tres cuotas alimentarias consecutivas o cinco alternadas, ya sean alimentos provisorios o definitivos fijados u homologados por sentencia firme y expedir certificados ante requerimiento simple de persona física o jurídica, pública o privada.
La normativa tiene por finalidad coaccionar a los deudores a que cumplan con su obligación a través de normas sancionatorias del incumplimiento alimentario a través de sanciones conminatorias para torcer la voluntad del padre/madre obligado y lograr que éste cumpla ante la imposibilidad de obtener resultados positiva por la vía ejecutiva.
El certificado se obtiene en forma totalmente gratuita y puede tramitarse por Internet, telefónicamente (4323-8900 int. 175) o personalmente en Av. Patricios 1142 5º piso, de lunes a viernes en el horario de 9,30 a 15,30 horas.
Asimismo, el Colegio se comprometió a exigir la presentación del certificado que expide el Registro en toda contratación de personal y/o relación contractual que efectúe de modo de contribuir al cumplimento de la normativa.
El convenio fue suscripto el pasado 6 de septiembre por los Dres Jorge Rizzo, en representación del Colegio, y Javier Alejandro Bujan, Subsecretario de Justicia y Seguridad del gobierno porteño.
- 02-11-2012