Destacados
CSJN: Notificación Electrónica eximición para no videntes
La medida fue dispuesta a raíz de un pedido del Colegio Público de la Capital Federal en el marco de diferentes reuniones que mantuvieron autoridades del alto tribunal y de la entidad de abogados.
Los señores Ministros resolvieron:
1°) Disponer que hasta tanto la información del servicio tenga características suficientes para ser accesible para letrados no videntes, los profesionales que así lo requieran prueben con el correspondiente certificado, podrán exceptuarse de cumplir con las obligaciones que emanan de la acordada 31/11 -Régimen de
Notificación Electrónica-y subsiguientes relacionadas, en las causas en las que se encuentran designados.
2°) Los letrados de las otras partes que intervengan en esas causas, una vez que los letrados del artículo anterior hayan optado por la eximición, deberán de un mismo modo ser exceptuados de aplicar el sistema.
3°) Disponer que la presente resolución tendrá vigencia hasta tanto se hayan desarrollado difundido los mecanismos complementarios inclusivos de personas con impedimentos visuales.
- 04-11-2014