Escuela de Posgrado
Reglamento Premio Abogado IIustre
OBJETIVOS Y DESTINATARIOS DEL PREMIO
Objetivos:
- Premiar la actividad abogadil que se destaque en la defensa de la Constitución Nacional, el sistema republicano de gobierno y del ejercicio profesional, o que permita, con su aporte, el dictado de sentencias que reflejen una innovación en la interpretación de las normas jurídicas.
- Promover el mejoramiento profesional y la dignificación de la tarea abogadil.
- Estimular y reconocer el esfuerzo para el perfeccionamiento profesional y la defensa de nuestra profesión, su inserción social.
Destinatarios:
El otorgamiento del premio será decidido por el Consejo Directivo del CPACF a favor del colega que, por su intervención profesional, obtenga un fallo judicial en el que se reflejen los objetivos antes mencionados, logrando un precedente jurisprudencial que resulte de aplicación a los justiciables y en beneficio del bien común.
PREMIO ABOGADO ILUSTRE. REGLAMENTO
1. Disposiciones Generales.
1.1. El Premio se pondrá a consideración del Consejo Directivo, con los antecedentes jurisprudenciales que haya obtenido en el pleito que intervenga.
1.2. Las postulaciones deberán ser realizadas sólo por Abogados con Matrícula Activa del CPACF encontrándose al día en los pagos correspondientes al canon anual de Matrícula. Y en idéntico sentido, respecto del Abogado postulado para la obtención del premio.
1.3. La Postulación, deberá presentarse con nota impresa en soporte papel formato A4 y con una extensión de hasta cinco (5) hojas con firma de puño y letra del abogado postulante, Tomo y Folio y Tipo y Número de Documento de Identidad, ante la Mesa de Entrada del C.P.A.C.F., una vez que se encuentre firme el fallo judicial obtenido.
1.3.1. Apellido y Nombre del Abogado Postulado, Tomo y Folio, Edad, Años de Ejercicio Profesional, y reseña curricular que indique las actividades en defensa de la dignidad y libertad profesional y de su apego a la Constitución Nacional, domicilio legal, teléfono y correo electrónico.
1.4. Una vez recibida la presentación en la Mesa de Entrada del CPACF, el personal del área verificará la correcta presentación de la nota y cumplimiento de los requisitos establecidos por el presente Reglamento, sin los cuales no podrá darse prosecución al trámite.
1.5. Una vez ingresada y formado el expediente administrativo, deberá ser remitido al Departamento de Matrícula, para que en el día extienda la correspondiente verificación de sanciones y/o inhabilidades registradas, enviando luego el expediente a la Secretaría General a los efectos de su tratamiento por el Consejo Directivo.
1.6. Todos los expedientes ingresados con postulaciones al Premio Abogado Destacado, serán acumulados al expediente cuyo tratamiento será en el período noviembre/diciembre.
1.7. La recepción de las presentaciones se realizará a partir de la firmeza de la sentencia que se adecue a los objetivos dispuestos para el otorgamiento del Premio Abogado Destacado.
1.8. El Abogado postulado deberá estar inscripto en la Matrícula del CPACF,
1.9. La decisión del otorgamiento será facultad exclusiva del Consejo Directivo que, podrá solicitar dictamen no vinculante al Instituto y/o Comisión del CPACF que tenga incumbencia en la temática de la sentencia obtenida por el postulado.
2. Del Premio.
2.1. El Premio será otorgado una vez al año, a partir de la sanción del presente reglamento, siempre que se haya dictado durante ese período una sentencia que amerite el otorgamiento del Premio Abogado Destacado.
2.2. El Premio consistirá de un diploma y medalla institucional (de plata u oro) con la inscripción correspondiente a la nominación del premio, el año de otorgamiento y el nombre del Abogado galardonado.
2.3. El Premio será otorgado en sesión del Consejo Directivo, de manos del Sr. Presidente de la Institución.
2.4. El ganador del Premio, aceptará con su recepción la utilización de su nombre para la divulgación y difusión del Acto en los distintos medios de comunicación institucionales y la prensa en general.
- 13-02-2014